Proposición no de ley en Comisión
8-11/PNLC-000202, Proposición no de Ley relativa a derogación de la sección segunda del Decreto 302/2010, en lo referente a la selección, acceso y permanencia en bolsa de trabajo del profesorado interino
Presentada por el G.P. Popular de Andalucía.
Calificación favorable y admisión a trámite.
Tramitación ante la Comisión de Educación.
Apertura del plazo de presentación de enmiendas con arreglo a lo previsto en el artículo 169.2 del Reglamento de la Cámara.
Sesión de la Mesa del Parlamento de 16 de noviembre de 2011. Orden de publicación de 18 de noviembre de 2011.
A LA MESA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
El G.P. Popular de Andalucía, con arreglo a lo previsto en el artículo 168 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley en Comisión, relativa a derogación de la sección segunda del Decreto 302/2010, en lo referente a la selección, acceso y permanencia en bolsa de trabajo del profesorado interino.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Junta de Andalucía aprobó el Decreto 302/2010 de 1 de junio, por el que se ordena la Función Pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.
El mencionado decreto, en su sección segunda, regula la selección del personal funcionario interino. Los artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23, establecen, entre otros aspectos, el acceso, la creación de bolsas de trabajo, acceso ordinario y extraordinario a las bolsas de trabajo, la permanencia en las mismas y
su ordenación.
Este decreto ha sido ampliamente contestado y rechazado por los docentes interinos, al considerar que se consagra un trato diferente para el colectivo, y por consiguiente, discriminatorio. Algunos sindicatos consideran que el decreto puede vulnerar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
El G.P. Popular considera que el decreto merece una reflexión mucho más profunda en aspectos concernientes a la selección del profesorado, acceso a la función pública docente, procedimiento para la provisión de puestos de trabajo, etcétera; y por supuesto, en todo lo que respecta a la selección del personal interino, la regulación de la entrada y permanencia en la bolsa de trabajo.
El G.P. Popular comparte con la plataforma de interinos que, en la ordenación de la bolsa, aspirantes y
futuros aspirantes, todos tengan los mismos derechos, ya que no puede haber criterios diferentes para acceder al trabajo desde la interinidad.
Igualmente consideramos que el Decreto es susceptible de mejora, y ésta deberá acometerse contando con la aportación y el consenso de los afectados, sindicatos y Administración educativa.
Por todo lo expuesto con anterioridad, el G.P. Popular de Andalucía somete a la aprobación de la Comisión la siguiente
El mencionado decreto, en su sección segunda, regula la selección del personal funcionario interino. Los artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23, establecen, entre otros aspectos, el acceso, la creación de bolsas de trabajo, acceso ordinario y extraordinario a las bolsas de trabajo, la permanencia en las mismas y
su ordenación.
Este decreto ha sido ampliamente contestado y rechazado por los docentes interinos, al considerar que se consagra un trato diferente para el colectivo, y por consiguiente, discriminatorio. Algunos sindicatos consideran que el decreto puede vulnerar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
El G.P. Popular considera que el decreto merece una reflexión mucho más profunda en aspectos concernientes a la selección del profesorado, acceso a la función pública docente, procedimiento para la provisión de puestos de trabajo, etcétera; y por supuesto, en todo lo que respecta a la selección del personal interino, la regulación de la entrada y permanencia en la bolsa de trabajo.
El G.P. Popular comparte con la plataforma de interinos que, en la ordenación de la bolsa, aspirantes y
futuros aspirantes, todos tengan los mismos derechos, ya que no puede haber criterios diferentes para acceder al trabajo desde la interinidad.
Igualmente consideramos que el Decreto es susceptible de mejora, y ésta deberá acometerse contando con la aportación y el consenso de los afectados, sindicatos y Administración educativa.
Por todo lo expuesto con anterioridad, el G.P. Popular de Andalucía somete a la aprobación de la Comisión la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de
Gobierno a:
1. Derogar la sección segunda del Decreto 302/2010 de 1 de junio.
2. Consensuar un sistema de acceso a la interinidad más equitativo y justo.
3. Que el nuevo sistema entre en vigor antes del inicio del curso 2012-2013.
Parlamento de Andalucía, 9 de noviembre de 2011.
La Portavoz del G.P. Popular de Andalucía,
María Esperanza Oña Sevilla.
Gobierno a:
1. Derogar la sección segunda del Decreto 302/2010 de 1 de junio.
2. Consensuar un sistema de acceso a la interinidad más equitativo y justo.
3. Que el nuevo sistema entre en vigor antes del inicio del curso 2012-2013.
Parlamento de Andalucía, 9 de noviembre de 2011.
La Portavoz del G.P. Popular de Andalucía,
María Esperanza Oña Sevilla.